LOS CONTEXTOS HISTÓRICO, POLÍTICO Y TEÓRICO DE LA MIGRACIÓN MEXICANA A ESTADOS UNIDOS



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LOS CONTEXTOS HISTÓRICO, POLÍTICO Y TEÓRICO DE LA MIGRACIÓN MEXICANA A ESTADOS UNIDOS


Jorge A. Bustamante
Universidad de Notre Dame
El Colegio de la Frontera Norte

Una respuesta racional a los problemas derivados del aumento de las corrientes migratorias en el mundo entero puede basarse en la vulnerabilidad de los inmigrantes como sujetos de derechos humanos(26). La acción concertada en la Naciones Unidas para disminuir la vulnerabilidad de los migrantes mediante un plan de acción afirmativa puede conducir a la posibilidad de gestionar mejor las corrientes migratorias relacionadas con aspectos económicos.

Esto no quiere decir que deba renunciarse a los actuales esfuerzos para conseguir la ratificación de normas internacionales existentes como los convenios Nos. 97 y 143 de la OIT y la Convención de la ONU sobre la protección de todos los trabajadores migratorios y sus familiaresos de 1990, sino que, mientras se logra que los países de mayor acogida de inmigrantes en el mundo ratifiquen ese instrumento, debería crearse un mecanismo intermedio para llegar a una solución, reconociendo debidamente las "realidades políticas" a que se hace referencia en la conclusión de la OIM citada anteriormente. El problema de los derechos humanos de los migrantes internacionales, conforme se conceptualiza aquí, no es la falta de normas. Según palabras de la Alta Comisionada Robinson, "el trabajo normativo se ha realizado en gran medida. Se dispone de normas internacionales sobre derechos humanos. La tarea que nos incumbe a todos, con el nuevo impulso que nos dan los temas en que nos concentramos el año próximo, será aplicarlas".

II. La Cuestión de los obstáculos

Una parte importante del mandato del grupo de trabajo citado anteriormente, según figura en la resolución 1997/15 del 53° período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos, es reunir información acerca de "los obstáculos que se oponen a la protección plena y eficaz de los derechos humanos de los migrantes". Uno de los objetivos de la investigación realizada por aquel grupo de trabajo de la ONU, fue el de conocer esos obstáculos. Hubo una amplia variedad de respuestas que fueron, desde el establecimiento de programas gubernamentales concebidos concretamente para proteger derechos humanos de los migrantes con carácter permanente, como la creación de los "grupos beta" en México(27), hasta la creación de fondos públicos destinados expresamente a ayudar y proteger a los inmigrantes/extranjeros, como la creación de instituciones para el estudio del racismo y xenofobia contra las inmigrantes (Bélgica), la creación y financiación de programas de información y educación del público para combatir los prejuicios y los estereotipos contra los inmigrantes/extranjeros (España), estadísticas sobre incidentes de xenofobia o racismo contra ellos (el Reino Unido, Alemania y Francia), y la creación de oficinas estatales de alto nivel que se ocupan concretamente de las necesidades de los migrantes de sus derechos humanos (Portugal). Merece la pena señalar que en la mayoría de las respuestas de los gobiernos sólo figuran cambios legislativos en favor de los derechos humanos de los inmigrantes, sin ninguna indicación sobre su eficacia o prácticas de aplicación. El nivel de compromiso para proteger los derechos humanos de los migrantes según esos cambios legislativos varía considerablemente, desde el establecimiento de derechos constitucionales específicamente para migrantes (Turquía), hasta la concesión del derecho de voto en elecciones municipales a los inmigrantes(28) y meras declaraciones en favor de los derechos humanos de los inmigrantes.

Es comprensible que los gobiernos no hubieran sido más concretos en sus referencias a "obstáculos" para la plena protección de los derechos humanos de los migrantes. Una razón de que lo miembros del grupo de trabajo decidieran no formular preguntas en forma directa es el potencial autoincriminatorio de tales preguntas. Sin embargo, la mayoría de los países que respondieron al cuestionario informaron sobre algunas acciones para fomentar la integración de los inmigrantes en su economía y en su sociedad(29). En esas acciones o programas gubernamentales en favor de los inmigrantes se habla indirectamente de los "obstáculos" a que se alude en el mandato del grupo de trabajo(30). Puede decirse que, cualesquiera que sean los obstáculos a plena protección de los derechos humanos de los migrantes, probablemente estén vinculados con el interés de quienes se benefician de la disponibilidad del bajo costo laboral que representan los inmigrantes. Así se ha reconocido en algunas resoluciones de las Naciones Unidas. Esas personas suelen ser las mismas que se benefician de las diferencias de poder a causa de los bajos sueldos y las malas condiciones de trabajo que suelen caracterizar la participación de los inmigrantes en los mercados laborales de los países receptores(31). El interés de esos empleadores de inmigrantes es mantener las condiciones estructurales que permiten disponer de esa mano de obra de bajo costo. De ahí el mantenimiento de las condiciones que originan su vulnerabilidad como sujetos de derechos humanos.

Si existe un interés de los empleadores de inmigrantes, el poder que utilizan para fomentar ese interés equivale al necesario para mantenerlo como obstáculo de facto a la mejora de la situación de los derechos humanos de los inmigrantes.

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February 16, 2015