LOS CONTEXTOS HISTÓRICO, POLÍTICO Y TEÓRICO DE LA MIGRACIÓN MEXICANA A ESTADOS UNIDOS



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LOS CONTEXTOS HISTÓRICO, POLÍTICO Y TEÓRICO DE LA MIGRACIÓN MEXICANA A ESTADOS UNIDOS


Jorge A. Bustamante
Universidad de Notre Dame
El Colegio de la Frontera Norte

Uno de los factores del cambio que ha sufrido la noción clásica de soberanía es la globalización. Conforme los intercambios comerciales, la producción industrial y las comunicaciones han producido un efecto de internacionalización de marcos normativos bajo los cuales avanzan los procesos de globalización, las desviaciones de esos marcos normativos que llegan a conformar patrones de conducta en un país que desea participar de la globalización, se convierten en obstáculos para participar en sus beneficios, generalmente asociados real, o perceptualmente, a mejores niveles de vida. Este fenómeno se aprecia claramente en la creciente lista de países que aspiran a ser aceptados como miembros de la Unión Europea. Sobre todo en aquellos países de Europa del Este que acaban de salir del socialismo y que están encontrando dificultades para adaptarse a los marcos normativos bajo los cuales operan los países que actualmente conforman a la Unión Europea. Uno de esos marcos normativos relevantes para el entendimiento de la vulnerabilidad como condición de los inmigrantes como sujetos de derechos humanos está representado por los llamados "acuerdos de Schenguen". El espíritu de estos acuerdos es el de lograr condiciones de igualdad o de "integración completa" de los inmigrantes/extranjeros en el acceso a los recursos públicos y privados para la mejoría de los niveles de vida y para la protección de sus derechos humanos. Los "acuerdos de Schenguen" representan un marco normativo bajo el cual los países interesados en ser aceptados como miembros de la Unión Europea son medidos. Esto no quiere decir que los que actualmente la integran los hayan cumplido en cabalidad. Los países aspirantes critican a los ya miembros de un doble criterio al pedir rendimiento de cuentas o un "accountability" sobre la observancia de ese marco normativo en cada país miembro de la Unión Europea. El hecho es que varios países de dicho sistema están a la vanguardia en sus niveles de observancia y protección de los derechos humanos de los inmigrantes. Esos niveles de observancia de esos marcos normativos de carácter internacional tienen un efecto de empoderamiento o habilitación de los inmigrantes/extranjeros como sujetos de derechos humanos. Este efecto es concomitante a un alejamiento de la condición de "carencia extrema de poder" en la que se encuentran los inmigrantes en países de acogida que no han aceptado el compromiso que representan esos marcos normativos de derechos humanos en cuyo origen esta la Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU. Si fuera factible construir una escala de "integración" de los inmigrantes/extranjeros como miembros de las sociedades de los países de acogida en igualdad de derechos que los nacionales, equivaldría a contar con un criterio de medición de la situación de "empoderamiento" de que gozan los inmigrantes en cada país como sujetos de derechos humanos. A contrario/ sensu se contaría con un criterio para medir la condición de vulnerabilidad de los migrantes internacionales. En el extremo más positivo de tales mediciones es probable que se encontraría a los países que han concedido el derecho de voto a los inmigrantes con residencia legal, en las elecciones locales. Actualmente este es el caso de España, Suecia, Dinamarca y Portugal. Es inescapable hacer comparaciones entre esos y los países que reciben las corrientes mayores de inmigrantes en el mundo. De tal comparación surge una idea desalentadora de lo que falta por lograr respecto a las condiciones de vulnerabilidad en la que viven la gran mayoría de los 130 millones de migrantes internacionales que pululan por el mundo cruzando fronteras internacionales con y sin documentación migratoria. Esta reflexión nos hace volver al diagrama para entender que la integración, como aquí es definida, representa la vía más racional para combatir la impunidad que es la consecuencia más injusta e irracional de los procesos de vulnerabilidad de los inmigrantes como sujetos de derechos humanos. En la medida en que, en la práctica de las relaciones sociales, el extranjero/inmigrante no tiene poder suficiente para retar exitosamente la imposición de esa asimetría de poder como condición de su relación social con un nacional, la desigualdad que esto implica va adquiriendo una naturaleza normativa a partir de la cual se repiten y se perpetúan las relaciones subsecuentes de esos inmigrantes con esos nacionales. La recurrencia de relaciones sociales entre nacionales y extranjeros en las que esa asimetría de poder adquiere "contenido de sentido" en términos weberianos, lleva consigo un proceso de "construcción social" de una asimetría de poder como inherente a las relaciones sociales entre unos y otros. Ese proceso social implica la metamorfosis de la vulnerabilidad estructural en una vulnerabilidad cultural que, de un "valor entendido" logrado en el origen de las relaciones sociales entre inmigrantes y nacionales, se ha llegado a convertir en una construcción social equivalente a lo que Bourdieu llama un habitus(15). Es decir, un marco normativo sui generis al que los inmigrantes quedan sujetos en los contextos sociales de sus interacciones con los nacionales del país de su recepción.

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February 16, 2015